SáBADO, 30 DE NOV

Ratificaron una condena por el daño moral que sufrió una empleada

Además, la trabajadora, que se desempeñaba como manicura, recibirá una indemnización por despido. Sucedió en Capital Federal en el ámbito de un centro de estética. La causa es del 2014.

 

La Cámara Nacional del Trabajo confirmó el fallo que, además de la indemnización por despido, condenó por “daño moral” a la demandada por el maltrato que le brindaba a su empleada, a quien le atribuía “comportamientos extraños” por ser esposa de un músico, según trascendió en Tribunales.

De acuerdo con esas fuentes, la Sala IX de la Cámara ratificó la condena de casi 305.000 pesos, 50.000 de ellos por el acoso laboral que, según se consideró probado, M.A.B. sufrió por parte de A.B.A. en el centro de estética “Ser Divina”, en Capital Federal, donde se desempeñaba como manicura y pedicura.

Con una década de antigüedad, B. se consideró despedida en febrero de 2014, cuando A.B.A. se negó a corregir los recibos de haberes de la trabajadora, en los que figura una fecha de ingreso posterior y un salario mensual inferior a los reales.

Daño moral por mobbing

En el reclamo judicial la empleada incluyó el rubro “daño moral” por el mobbing al que la sometió su empleadora, quien, disconforme, apeló el fallo de primera instancia.

“La apelante pretende minimizar el contenido lesivo por estigmatizante de la forma desdeñosa en que se dirigía la empleadora hacia la reclamante frente a sus propios pacientes atribuyéndole, concretamente, comportamientos extraños por presunta influencia de la profesión y hábitos del marido”, sostuvieron los camaristas Mario Fera y Roberto Pompa.

Varios testigos declararon que era “habitual” el “maltrato constante” de A.B.A. hacia M.A.B., a quien se dirigía “con gritos y descalificándola”, y que “la difamaba al decir que al estar casada con un músico que consumía drogas prohibidas”.

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