SáBADO, 30 DE NOV

El represor Amelong no puede ejercer como abogado

La publicación de una nota en un medio nacional que generó confusión sobre la facultad que tendría el represor Juan D. Amelong de ejercer la abogacía, fue desestimada hoy por la Agrupacion Hijos y por la presidenta del colegio de abogados de Rosario por medio de un comunicado. Amelong no tiene matrícula para ejercer esa función.

 

Ayer, se conoció una versión periodística que interpretó erroneamente que la Corte Suprema de Justicia de la Nación había anulado la resolución del Tribunal de Etica del Colegio del Abogados de Rosario de cancelarle la matrícula de abogado al represor, Juan Daniel Amelong.

La agrupación Hijos Rosario, dio a conocer un escrito que fue elaborado junto la presidenta del colegio de Abogados, Araceli Díaz.

Las partes, expresaron que “Amelong está excluido de la matrícula y no puede ejercer la profesión”, también, desde el equipo jurídico de la agrupación Hijos Rosario, reforzaron el planteo de Díaz y señalaron que el reciente fallo de la Corte “devino abstracto”.

“Amelong está excluido de la matrícula del Colegio de Abogados de Rosario, por lo tanto no está habilitado para ejercer la profesión en la provincia de Santa Fe bajo ningún aspecto”, especificó este sábado Díaz, en una entrevista con el programa Noticias Piratas, de Radio Universidad de Rosario. “Por otra parte (Amelong) tiene la imposibilidad física de ejercer debido a que se encuentra detenido cumpliendo su condena por delitos de lesa humanidad”, añadió la abogada.

Por su parte, la abogada del equipo jurídico de Hijos, Nadia Schujman, reforzó el planteo de Araceli Díaz, que dio pié a la confusión. Schujman explicó que el caso sobre el que falló la Corte Suprema de la Nación, y que se conociera esta semana, fue sobre el primer intento de expulsión de Amelong en el Colegio de Abogados, pero que de ninguna manera se refiere a la última y definitiva exclusión del represor, que “se realizó el 24 de septiembre del año pasado, luego de que la sentencia por la que fue condenado a prisión perpetua quedara firme y sin posibilidad de apelación”.

La confusión se generó por un artículo periodístico, replicado en un medio nacional, que interpretó que un reciente fallo de la Corte Suprema de la Nación –que respondía a una vieja causa iniciada tras el primer intento de expulsión de Amelong del Colegio de Abogados–, habilitaba al represor a recuperar su matrícula.

Pero tanto desde el Colegio de Abogados como desde Hijos –cuyos equipo jurídico intervino en la causa– aclararon que no es así.

Los sucesos:

El 15 de abril de 2010, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Rosario condenó a prisión perpetua al ex teniente Juan Daniel Amelong y a otros represores, por los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar, quienes fueron hallados culpables de homicidios «agravados por alevosía, persecución, tortura y desapariciones en 16 y 24 oportunidades».

Este fue el primer fallo por delitos de lesa humanidad en Rosario, en el se investigaron los crímenes cometidos en los centros clandestinos de detención Quinta de Funes y Fábrica de Armas, y los conocidos como La Calamita, la escuela Magnasco de Rosario y La Intermedia.

Ante lo ocurrido, el Colegio de abogados de Rosario canceló provisoriamente la matrícula del militar en agosto de 2011, luego de que recibiera la primera condena a prisión perpetua en el juicio oral por la causa denominada Guerrieri I, que tramitó el tribunal mencionado.

Sin embargo, Amelong apeló la medida y la Cámara de Apelaciones de Santa Fe en diciembre de 2011, levantó la suspensión de ejercer la abogacía que pesaba sobre su persona a pesar que había sido condenado por delitos de lesa humanidad, lo que motivo la pronta reacción del Colegio de Abogados que le había retirado la matrícula para ejercer la profesión.

El titular del Colegio, Ignacio del Vecchio, consideró que «la Cámara hizo una lectura demasiado estricta del artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial», y justificó la decisión del Colegio de suspender la matrícula del represor al señalar que la entidad «debe garantizar a la población que quien ejerza la profesión sea una persona ética».

En el mismo sentido, anunció que «es muy probable que se presente un recurso de inconstitucionalidad de la medida judicial», puesto que los camaristas Rubén Darío Jukic, Daniel Acosta y Alfredo Ivaldi Artacho consideraron que para suspender la matrícula de Amelong no hubo intervención o pronunciamiento del Tribunal de Ética en pleno del Colegio de Abogados como lo exige la Ley Orgánica del Poder Judicial de la provincia.

Esta situación, no paso inadvertida para el secretario de derechos humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, que a fines de diciembre de 2011, manifestó que «como parte querellante en los juicios en los que el represor Juan Daniel Amelong ya ha sido condenado, se presentará ante los Tribunales solicitando se revoque la autorización para que pueda ejercer la profesión de abogado».

Asimismo, Duhalde señaló que «los camaristas parecen ignorar que es deber de todo abogado preservar y profundizar el Estado de derecho, y que es consustancial al ejercicio de la abogacía la defensa de los derechos humanos».

«Es lamentable que la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario considere al ejercicio de la abogacía como una diplomatura técnica excluida de la ética y permitir que un genocida ejerza como abogado es casi una burla para tantos y tantos profesionales que, por ser consecuentes con su deber ético, fueron víctimas del Estado terrorista», sostuvo Duhalde.

Tres días antes de finalizar el 2011, el Tribunal de Etica del Colegio de Abogados de Rosario, se reunió y suspendió en forma provisoria la matrícula del represor Juan Daniel Amelong. La medida fue en respuesta a la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, que había revocado la decisión del mismo Colegio de cancelar la matrícula del ex militar.

Por su parte, el titular del Colegio de Abogados rosarino, Ignacio Del Vecchio, explicó que los integrantes del Tribunal de Etica se reunirían el 10 de febrero para definir si la anulación de la matrícula de Amelong sería definitiva. También, analizó presentar un recurso a instancias superiores. Si era necesario, dijo, llegará hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el tema.

De acuerdo con el titular del Colegio, para la suspensión de la matrícula del represor el Tribunal analizó la condena a prisión perpetua que pesa sobre Amelong por delitos de lesa humanidad, que en ese momento no estaba firme porque fue apelada por su defensor.

En cuanto a la resolución de la Cámara Penal de Apelaciones que levantó la suspensión de la matrícula porque el caso no había sido analizado por el Tribunal de Etica del Colegio, Del Vecchio aclaró que “lo que hizo el directorio fue cancelar la matrícula y no suspenderla” y que entendieron que el doctor Amelong no reunía los estándares mínimos para el ejercicio de la profesión en forma decorosa”.

El 12 de febrero de 2012, organismos de derechos humanos repudiaron la decisión del Tribunal de Etica del Colegio de Abogados de Rosario de postergar por 15 días la decisión de suspenderle la matrícula profesional de Amelong.

La decisión del Tribunal de Etica, que fue adoptada el 9 de febrero con la presencia del propio Amelong, quien llegó a los Tribunales Provinciales de Rosario desde Campo de Mayo, donde cumplía prisión, permitió que el abogado y militar retirado pueda ejercer la profesión, ya que recusó a seis de los integrantes del referido tribunal y pidió la nulidad de la suspensión de su matrícula dispuesta el 28 de diciembre pasado bajo el argumento de «prejuzgamiento».

Daniela Asinari, abogada de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y querellante en juicios por delitos de lesa humanidad que se llevan adelante en Rosario dijo: «Parece que para miembros de ese tribunal ser un asesino, ladrón de bebés, genocida y torturador no violentaría la ética y el decoro de la profesión».

La nueva  Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Ana Oberlin destacó además «la gravedad» que supone que Amelong pueda ejercer la abogacía, atento a que en un juicio al que fue sometido el año pasado en la ciudad entrerriana de Paraná, solicitó «la autodefensa» (2011).

En el mismo sentido, expresó: «Se produce un choque, porque por un lado al ejercer su defensa tenía derecho a interrogar a los testigos, y es muy intimidatorio que lo haga la misma persona que está acusada de cometer los delitos», explicó.

La defensa de Amelong se basó en que si bien el represor fue condenado a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad, la sentencia aún no se hallaba firme, porque fue apelada ante la Cámara de Casación Penal, que hasta ese momento no se había expedido.

Dado el estado del caso, el 15 de febrero de 2012, en un comunicado, el Colegio de Abogados destacó que, «coherente con la decisión que su directorio adoptó el 4 de agosto pasado y ratificó por unanimidad en diciembre de cancelar la matrícula de Juan Daniel Amelong – contra la sentencia de la Cámara de Apelación Penal de Rosario, que el 13 de diciembre de 2011 revocó esa medida».

El 22 de octubre de 2013, se supo, que la Corte Suprema de Justicia de la provincia no admitió el reclamo del Colegio de Abogados de Rosario y dejó firme una resolución de la Cámara de Apelaciones que había rehabilitado la matrícula del condenado por crímenes de lesa humanidad a Juan Daniel Amelong.

Esta vez, el colegio de Abogados, anticipó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para defender su criterio.

El Corte provincial entendió que las dos condenas por crímenes de lesa humanidad que pesaban en contra de Amelong, lo mantenían en prisión, pero en ese entonces no estaban firmes, porque las apelaciones eran tramitadas en la Cámara de Casación Penal de la Nación.

Una vez conocido el fallo, el presidente del Colegio, Ignacio Del Vecchio, señaló que «lamentablemente recibimos la notificación de la Corte Suprema de la provincia donde nos hacían saber que revocaban la decisión del directorio de cancelar la matrícula de Amelong».

Del Vecchio adelantó que «vamos a ir con esto hasta las últimas instancias: a la Corte Suprema de la Nación porque estamos seguros de que nuestro alto tribunal nos dará la razón», y destacó que «somos uno de los pocos Colegios que lo hemos hecho», en alusión a expulsar a un condenado por terrorismo de Estado.

El 6 de diciembre de 2013, la Cámara Federal de Casación Penal integrada por Mariano Borinsky, Eduardo Rafael Righi y Liliana Catucci ratificó la sentencia dictada en primera instancia. De este manera dejó firmes las condenas a prisión perpetua de cumplimiento efectivo en cárcel común por 17 homicidios agravados y decenas de privaciones ilegales de la libertad y aplicación de tormentos.

Al quedar firme la sentencia por crímenes durante la última dictadura militar, el directorio del Colegio de abogados resolvió el 24 de septiembre de 2014 por unanimidad quitarle la matrícula profesional y expulsar a Amelong del Colegio profesional.

Así se cerró una larga discusión, que llegó a los máximos tribunales de la provincia y de la Nación, a partir de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dejó firme la sentencia penal contra el también ex oficial del Ejército.

Nueve meses después, la nueva titular del Colegio de Abogados local, Araceli Díaz, confirmó que el directorio de la entidad, en su reunión plenaria, resolvió «por unanimidad el retiro de la matrícula de Juan Daniel Amelong», a partir de la resolución de la Corte Suprema de la Nación.

La habilitación profesional de Amelong fue terreno de debates y disputas en el ámbito judicial de esta provincia, a partir de la condena que recibió Amelong en 2010 por parte del Tribunal Oral Federal 1 de Rosario, en el marco del primer juicio derivado de la causa Guerrieri.

Esta sentencia es la que fue confirmada por la Corte Suprema que declaró «inadmisible» un recurso de queja presentado por la defensa.

Mientras estos procesos penales se sustanciaban, en paralelo se daba otra pelea judicial por la situación profesional de Amelong como abogado, en un amplio espectro que iba de la ética hasta la política.

La titular del Colegio de Abogados recordó que el ex militar y letrado «había sido condenado en Rosario, luego la Cámara de Casación Penal de la Nación le rechazó un recurso, luego otro de inconstitucionalidad, y fue en queja ante la Corte Suprema que finalmente se lo rechazó, esa es la situación penal».

La medida de la Cámara Penal fue recurrida por el Colegio ante la Corte Suprema provincial que avaló lo resuelto por el tribunal inferior, por lo que el Colegio, entonces, presentó un «recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación que aceptó el recurso y estaba en trámite».

Fue así, que al tornarse definitiva la situación penal de Amelong, el Colegio de Abogados consideró estar en libertad de hacer efectiva la medida adoptada en 2011 ya que «los fallos de la Justicia que le eran favorables se basaban en la falta de firmeza de la sentencia».

Por ello, al conocerse la resolución de la Corte Suprema, los abogados rosarinos rápidamente incluyeron el tema en el orden del día de la reunión de directorio que decidió «excluir a Amelong de la matrícula por unanimidad».

 

 

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