Comenzó el juicio oral al cantante de «El otro yo» por abuso sexual y corrupción de menores
Cristian Aldana se encuentra con prisión preventiva en el penal de Marcos Paz e insiste en que "no existieron" encuentros sexuales con menores y que ni siquiera conocía a las denunciantes.
- Judiciales
- May 22, 2018
El cantante de «El otro yo», Cristian Aldana, enfrenta desde hoy un juicio oral y público acusado de abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y corrupción de menores en siete oportunidades, que puede significarle hasta veinte años de prisión.
Aldana se encuentra con prisión preventiva en el penal de Marcos Paz e insiste en que «no existieron» encuentros sexuales con menores y que ni siquiera conocía a las denunciantes.
El Tribunal Oral en lo Criminal 25 de la Ciudad de Buenos Aires, integrado por los jueces Rodolfo Bustos Lambert, Ana Dieta de Herrero y Rodolfo Goerner, estará a cargo del juicio con el aporte del fiscal Guillermo Pérez La Fuente y de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM), que recibió las denuncias.
La situación de Aldana comenzó a complicarse en abril de 2016, cuando se solidarizó en Facebook con las presuntas víctimas de abuso de su colega de «La Ola Que Quería Ser Chau», Miguel del Pópolo, y esto generó que sus víctimas se decidieron a denunciarlo.
Según estableció la UFEM, las víctimas tenían entre 13 y 16 años, eran seguidoras de «El otro yo», no poseían experiencia sexual y tenían una situación familiar crítica que las dejaba en una «situación de vulnerabilidad».
Además, como patrón común en los casos denunciados, la Unidad Fiscal especializada determinó que las chicas querían ser artistas y contactaron a Aldana a través del blog de la banda.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción 17, que encontró elementos para avanzar con el pedido de juicio oral con prisión preventiva.
Si bien los abogados del cantante solicitaron su excarcelación, esta fue denegada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que entendió que la presunción de los delitos estaba fundada y que la libertad del imputado podía entorpecer el proceso.