MIéRCOLES, 27 DE NOV

La Legislatura aprobó la adhesión a la Ley Olimpia para prevenir la violencia sexual por medios digitales

“El Estado santafesino contará con herramientas fundamentales para tratar este tipo de casos”, dijo el diputado Bermúdez. La normativa se incorpora a la Ley N° 26.485 sobre protección integral a las mujeres.

 

Las cámaras de Diputados y Senadores de la provincia dieron sanción definitiva a la adhesión de Santa Fe a la denominada Ley Olimpia, que considera delito la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, incluyéndose como “violencia digital” a la Ley de Protección Integral de las Mujeres.

El expediente pasó primero por la Cámara baja, en la que obtuvo media sanción de por una amplia mayoría, con la excepción de siete legisladores “celestes”. Luego, el Senado lo convirtió en ley por unanimidad, informaron fuentes parlamentarias.

El diputado provincial de Creo, Ariel Bermúdez celebró “la sanción de la Ley Olimpia” que consideró como “un avance crucial en la lucha contra la violencia digital y la defensa de la intimidad de nuestras mujeres”.

El legislador señaló que “esta ley reconoce la violencia digital como un delito y establece un marco legal para proteger a las víctimas de estas agresiones”.

Durante la sesión, el diputado dijo que “más allá de este marco regulatorio que incorporamos, es también responsabilidad de nosotros como hombres aportar desde nuestro lugar frenando este tipo de prácticas que son cotidianas”.

“El Estado santafesino contará con herramientas fundamentales para tratar este tipo de casos”, dijo el diputado Bermúdez. La normativa se incorpora a la Ley N° 26.485 sobre protección integral a las mujeres.

La norma contempla casos de difusión no consensuada de contenidos íntimos, como las situaciones en las esos contenidos son compartidos por medios digitales (imágenes o videos) sin el consentimiento de la persona afectada, “lo que se considera una violación a su intimidad sexual”.

También incluye grabaciones sin consentimiento durante relaciones sexuales, que la norma clasifica como violencia sexual.

Además, la ley contempla como delito la extorsión mediante la difusión de contenidos íntimos cuando, por ejemplo, se obtienen esos materiales audiovisuales en teléfonos o dispositivos robados.

La adhesión provincial a la Ley Olimpia también implica la capacitación sobre protección integral de las mujeres para funcionarios del Estado, con el fin de prepararlos para “manejar esos casos de manera adecuada y sensible”, explicó Bermúdez.

Origen de la Ley Olimpia

Su nombre tiene origen en la activista mexicana Olimpia Coral Melo, víctima de la difusión de imágenes íntimas que se convirtió en un ícono de la lucha contra la violencia digital en América latina al impulsar normas que sancionen ese delito.

Olimpia Coral Melo impulsó la legislación en su país, luego de que a los 18 años su novio divulgó un video privado sin su consentimiento y lo viralizó.

En 2014 presentó un proyecto de ley en la legislatura del estado de Puebla, donde residía, para lograr una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal.

De esa manera, buscaba reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales. La iniciativa ya fue aprobada en más de veinte Estados y a nivel federal en México.

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