VIERNES, 29 DE NOV

Se viene la implementación de los juicios por jurados en Rafaela: ¿cuándo llega a Rosario?

Así lo dispuso el Ministerio de Justicia y Seguridad, que elaboró un cronograma de aplicación progresiva de la Ley N°14.253 en todo el territorio santafesino.

El Gobierno provincial dispuso la implementación progresiva de los juicios por jurados en materia criminal en todo el territorio santafesino, sistema que comenzará a aplicarse en la Circunscripción Judicial N°5 (Rafaela) a partir del 1 de octubre de este año. Así lo establece la resolución N°1388 del Ministerio de Justicia y Seguridad, ante la necesidad de implementar la Ley de Juicio por Jurados N°14.253, sancionada el pasado 21 de marzo y promulgada el 27 de marzo (mediante el decreto N°418).

Al respecto, vale recordar que el Ejecutivo santafesino realizó oportunamente una amplia convocatoria a instituciones y entidades, encuentro que derivó en la conformación de la Mesa de Implementación de Juicio por Jurados que, luego de reuniones de trabajo, dio un amplio consenso sobre la implementación de los juicios por jurados para las causas criminales, y aconsejó implementar esta ley comenzando por las jurisdicciones con menor cantidad de casos.

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De esta forma, se elaboró un cronograma para la aplicación de esta modalidad que comenzará por la Circunscripción Judicial N°5 (Rafaela) a partir del 1 de octubre de 2024; y continuará con la Circunscripción Judicial N°4 (Reconquista) desde el 1 de noviembre de 2024; la Circunscripción Judicial N°3 (Venado Tuerto) desde el 1 de diciembre de 2024; la Circunscripción Judicial N°1 (Santa Fe) a partir del 1 de abril de 2025; y la Circunscripción Judicial N° 2 (Rosario) el 1 de agosto de 2025.

Potestad soberana

El ministro de Justicia y Seguridad, Pablo Cococcioni, informó que “hoy firmamos una resolución tal cual lo habilita la ley de juicio por jurados que ha votado la Legislatura de Santa Fe por un amplísima mayoría”. En ese sentido, afirmó: “Creo que se está dando un paso fundamental, porque le estamos devolviendo al ciudadano su potestad soberana de juzgar los casos criminales como establece nuestra Constitución”, y agregó que “además está en juego la garantía de la propia gente de que sus casos sean resueltos por jurados, y la garantía incluso hasta de las víctimas y de todas las partes del proceso, que sus intereses van a ser resueltos por sus pares y no exclusivamente por un estamento de funcionarios técnicos”.

Cococcioni explicó que “a partir de la entrada en vigencia, en cada circunscripción todos los casos penales por los delitos que establece la ley de juicio por jurados, que usualmente son los delitos más graves o más conmocionantes socialmente, las acusaciones que se presenten con posterioridad, esos casos van obligatoriamente a juicio por jurados”.

El ministro remarcó en este sentido que también se “está llevando a cabo una capacitación para todos los actores de sistema, para fiscales, defensores, jueces, funcionarios, y la Corte Suprema de Justicia a su vez está capacitando a los notificadores, para que vayan a hacer docencia al explicar cuando un ciudadano reciba una citación para ser convocado a integrar un jurado. Nosotros mismos como gobierno iniciar un proceso de divulgación pública y ciudadana, para que la gente sepa de qué se trata, y entienda cuáles son sus derechos y responsabilidades como eventualmente miembro de un jurado”.

El funcionario repasó que “pueden ser jurado todas las personas mayores de edad y hasta cierta edad, salvo las exclusiones que prevé la misma ley por motivos de evitar algún sesgo personal, por ejemplo, los policías, los abogados, los jueces, los funcionarios públicos en general, no pueden ser jurados. Cada jurado tendrá 12 miembros y dos suplentes. Los integrantes van a ser sorteados del padrón y la lista inicial va a respetar paridad entre varones y mujeres”.

Finalmente, Cococcioni explicó que quien sea designado para integrar un jurado “se podría negar invocando una causal grave que le impida actuar como tal y el juez lo puede excusar, pero salvo este caso, ser jurado es una carga pública, como lo es, por ejemplo, ir a emitir el sufragio”.

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