MIéRCOLES, 27 DE NOV

Hay nueva ley de alquileres: los contratos serán de tres años, con ajustes semestrales

Con 128 votos afirmativos y 114 negativos, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto enviado por el Senado, que proponía que los contratos de alquiler duren tres años, con actualización semestral basada en el Índice Casa Propia. Además, se establecen beneficios impositivos para los propietarios, quienes sólo podrán ofrecer los inmuebles en moneda nacional. 

 

La Cámara de Diputados convirtió en ley, con 128 votos afirmativos contra 114 negativos, el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado –e impulsados por el Frente de Todos– con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual norma, con aumentos se guiarán por el Índice “Casa Propia”.

La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos por Río Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de izquierda.

En tanto, la iniciativa fue rechazada por Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos por Río Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.

La propuesta fue tratada después de las 5 de la mañana en el marco de una sesión maratónica que se inició este martes a las 12.30, en la cual se aprobó la ley de violencia digital, como así también los proyectos de devolución del IVA, Argentina Inclusiva y de promoción del Gas Natural Licuado.

Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años, y deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

En cuanto al mecanismo de actualización del precio de los alquileres, “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 del coeficiente de variación salarial publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)”.

El texto aprobado por el Senado –que tuvo aval en Diputados este miércoles– también incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.

Además, fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En cuanto a los beneficios impositivos, los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler y sean menores a $100.000. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.

Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

En este sentido, el titular de la Asociación de Inquilinos de Rosario, Emmanuel Canelli, indicó: “Entendemos que esta era la salida más criteriosa. Si bien modifica el ajuste anual que era ampliamente beneficioso para las personas que alquilamos, logramos ponerle un freno a las inmobiliarias y a Juntos por el Cambio, que nos querían llevar a tener que alquilar con contratos de dos años y ajustes atados a la inflación cada cuatro meses”.

Y agregó: “Otro eje a aclarar es que vamos a tener que revisar todos los contratos firmados en este tiempo, ya que sabemos que desde que se avanzó con la media sanción de Diputados en la sesión anterior hasta hoy, se firmaron contratos que no cumplen la ley vigente. Para que tengamos una idea, hasta los contratos que se firmen el día de hoy tienen que ser con ajustes anuales”.

“Vamos a inaugurar una instancia de revisión de cada contrato firmado en estos meses para hacer valer la ley. Invitamos a todos los organismos de defensa de los Derechos del Estado a que realicen revisiones y hagan valer la ley”, cerró Canelli.

Por su parte, desde Inquilinos Agrupados, la organización que conduce Sebastián Artola, celebraron: “Llora el mercado inmobiliario. Es ley el plazo de 3 años, el índice por salario cada seis meses y la prohibición de publicar alquileres en dólares. Reglamenta el Ejecutivo y entra en vigencia. La organización inquilina llegó para quedarse. Falta mucha lucha aún y más derechos”.

¿En qué consistía la propuesta de Juntos por el Cambio?

La iniciativa impulsada por Juntos por el Cambio establecía que los contratos de alquiler debían tener un plazo mínimo de dos años, contra los tres años que rigen en la actualidad, y que los ajustes podían hacerse cada cuatro meses con la libertad de ambas partes para elegir el mecanismo a emplear para calcular el porcentaje entre varias fórmulas o índices.

El menú de posibilidades a elegir estaba conformado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y el Índice de Salarios (IS), elaborados por el INDEC. También se contemplaba como opción que las partes pudieran acordar adoptar una combinación de estos índices.

¿Quiénes votaron a favor y quiénes en contra del proyecto que se aprobó?

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